martes, 30 de julio de 2013

DERECHOS.

Sexto derecho de los cazadores: a elegir a sus representantes por ser cazadores
 
 
 
El Derecho de los cazadores a ELEGIR A SUS REPRESENTANTES POR SER CAZADORES. El tener una licencia de caza tiene que dar derecho a ser elector y elegible para los cargos que representan a los cazadores, ante las Administraciones e Instituciones, Y NO COMO HASTA AHORA, que la Administración solo ha reconocido a los elegidos por aquellos cazadores que han pagado una licencia federativa deportiva, y no por todos los cazadores que poseen una licencia de caza expedida por la propia Administración.


Durante décadas los cazadores han pagado a la Administración una licencia de caza, pero la Administración se ha inhibido de proporcionarles las herramientas necesarias para que sus necesidades, reivindicaciones, organizaciones y sus representantes fueran acordes con aquello que les reconoce, el ser cazador por haber pagado una licencia de caza. 


Pero la Administración ha sido cómoda y se ha dejado querer por una Federación deportiva, inhibiéndose de su responsabilidad y obligación impuesta por la propia Constitución: “Corresponde a los poderes públicos promover la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida social”, dando en primer lugar a una Federación deportiva el nombre de “Caza” (Federación de Caza) y, así ésta, ya que ha monopolizado al sector apareciendo como el garante, unificador y representante de los cazadores, de sus sociedades y de la Caza. 

En segundo lugar imponiendo, facilitando y adaptando las leyes de caza e incluso las deportivas, en beneficio de dicha Federación deportiva y su financiación, para así imponer a los cazadores y a sus sociedades una licencia federativa/deportiva, tanto de personas físicas (deportistas) como jurídicas (Clubes) con el fin de que dicho colectivo financiara las actividades deportivas de dicha federación, las cuales son una ínfima parte de la actividad cinegética que se realiza en el seno de la Caza, cuando los cazadores y sus agrupaciones ya tenían su propia igualdad e identidad, el poseer una licencia de caza que les daba la condición de cazadores. 
La Administración ha cobrado una licencia de caza, pero no se ha preocupado de los cazadores. Ha respaldado, incluso en algunas ocasiones ha sido cómplice de esa trama, donde para ser representados ante ella debes de pagar otra licencia, la licencia deportiva, para tener voz y representación ante la Administración. Ejemplo de ello, es que los cazadores no tienen representación en el seno del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad del Ministerio, pero si lo tienen aquellos cazadores que han pagado una licencia deportiva o federativa, y forman parte de la Federación deportiva, Federación de Caza designada por el Consejo Superior de Deportes para dicho menester. 
Los cazadores tienen el derecho de elegir a sus representantes por ser cazadores, y el requisito que los identifica como tales es la Licencia de Caza que pagan a la Administración, comicios organizados por la propia estructura representativa del colectivo de cazadores, bajo el auspicio de la Administración competente en Caza, y sufragada con las aportaciones de las Licencias de Caza pagadas a la Administración. Procesos electorales para elegir a sus representantes iniciados en las sociedades de caza locales para elegir entre los cazadores con licencia de caza a los representantes autonómicos, y que entre éstos se elijan aquellos que los representarán a nivel Estatal. Representantes que podrán ser nuestros Presidentes de sociedades de caza o cazadores con valía demostrada, que tengan el respaldo de gran número de cazadores, y que defiendan a la Caza, las sociedades de caza, y a los cazadores como un sindicato. 
Por lo expuesto la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) lucha, junto con sus Asociaciones Autonómicas, sus Sociedades locales y los cazadores que las constituyen, por el Derecho a elegir a sus representantes por ser cazadores con una Norma Básica Estatal que regule dichos comicios y procesos electorales de elección de los representantes de los cazadores, para que las Comunidades Autónomas lo puedan implantar en sus respectivos territorios a través de sus Leyes y Normas de Caza, con el objetivo de que los representantes de los cazadores sean elegidos por aquellos que tengan una licencia de caza, es decir, un cazador un voto.