martes, 15 de abril de 2014

Los paracaidistas de la custodia del territorio

La Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad define la custodia del territorio como el conjunto de estrategias o técnicas jurídicas a través de las cuales se implican a los propietarios y usuarios del territorio en la conservación y uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos.



Y define las Entidades de custodia del territorio como organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que llevan a cabo iniciativas que incluyan la realización de acuerdos de custodia del territorio para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.


Desde el año 2007 que se publicó la Ley del Patrimonio, el impulso de la custodia del territorio en España ha sido grande, pero los resultados probablemente no se correspondan con el esfuerzo que se ha hecho. Esta situación tiene su origen en dos causas fundamentales: la desconfianza de los propietarios de los terrenos a firmar dichos acuerdos con una serie de entidades que hasta ese momento han actuado como meros fiscalizadores de la gestión que hacían sobre sus propiedades; y a la inexistencia de fondos económicos de administraciones y cajas de ahorro o bancos, dedicados a financiar el mecenazgo de la custodia.