ESTATUTOS



CAPITULO I.- DE LA ASOCIACION EN GENERAL.

Artículo 1.- Denominación

De conformidad con el artículo 22 de la Constitución Española se constituye la entidad, no lucrativa, denominada Asociación SOCIEDAD DE CAZADORES LAURISILVA, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, el Decreto 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias, Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, Ley de Caza de Canarias, demás disposiciones complementarias y por los presentes Estatutos.

Artículo 2.- Fines

Constituyen los fines de la Sociedad:

a) La conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad, como parte del deber de conservar y del derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, y en particular la fauna cinegética.

b) La adopción de acuerdos de custodia del territorio que tengan por objeto la conservación del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y en particular la gestión sostenible del recurso natural faunístico cinegético, y su ordenado aprovechamiento.

c) La promoción, fomento, defensa, y apoyo de todo cuanto guarde relación directa o indirectamente con la actividad cinegética, o en general de la Caza.

d) El aprovechamiento racional de los recursos cinegéticos dirigido a la conservación y restauración del estado de normalidad de las poblaciones silvestres afectadas.

e) La gestión cinegética, como instrumento de ordenación, conservación, y ordenado aprovechamiento de especies silvestres cinegéticas, patrimonio natural que contribuyen a la biodiversidad, de los terrenos.

f) La mejora del hábitat, el fomento y la vigilancia de las especies cinegéticas.

g) El control, regulación, y normalización de la práctica de la actividad cinegética en los terrenos.

h) La programación y realización de las acciones necesarias para conseguir mejoras en las especies catalogadas como cinegéticas y autorizadas por la administración.

i) El mantenimiento del equilibrio cinegético, la promoción, y la preservación de las especies cinegéticas, en su ámbito de actuación.

j) El control y equilibrio de especies perjudiciales a la caza, que legalmente estén establecidas.

k) La divulgación e información de los fines de la Sociedad y su relación con el medio ambiente.

l) La incentivación de la solidaridad de sus asociados, mediante la promoción y creación de servicios comunes de naturaleza asistencial.

m) La representación, defensa, y apoyo de los intereses de sus asociados  los cazadores, en la actividad que practican.

n) La colaboración, organización y promoción de eventos y actividades relacionadas con la caza y el medio natural, animal o medio ambiental, sean sociales, culturales, de ocio, o de cualquier otro.

ñ) La difusión de una constante labor formativa y educativa entre los cazadores.

Artículo 3.- Actividades

Para el cumplimiento de los fines enumerados en el artículo anterior se realizarán las siguientes actividades:

1. Gestionar los terrenos, difundir y fomentar los fines, objetivos y actividades de la Sociedad.

2. Programar y realizar las acciones necesarias para la mejora de los hábitat de las especies cinegéticas, su fomento y vigilancia.

3. Realizar las repoblaciones de las especies para su equilibrio poblacional, legalmente establecidas.

4. Controlar,  regular,  y normalizar la práctica de la actividad cinegética en los terrenos.

5. Promocionar y realizar servicios colectivos, individuales, o comunes de naturaleza asistencial entre y para sus asociados.

6. Ejecución de las acciones necesarias para el control y equilibrio de especies que puedan perjudicar a las especies cinegética, que legalmente estén establecidas, tales como depredadores, alimañas, o exóticas.

7. Colaborar con todo tipo de asociaciones, públicas o privadas, en la conservación en su medio ambiente, y en la defensa de sus fines.

8. Adoptar y realizar acuerdos de custodia del territorio con personas públicas o privadas que tengan por objeto la conservación del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y en particular la preservación sostenible del patrimonio natural cinegético y su ordenado aprovechamiento.

9. Manifestar públicamente las opiniones y criterios, cuando la situación lo requiera, en defensa de los fines y/o intereses de la Sociedad.

10. Realizar actividades divulgativas para la educación sobre conocimiento de las especies y su relación con el medio ambiente.

11. Participar, asistir, y organizar actos relacionados con el mundo de la Caza, y el medio rural.

12. Organizar actividades y actos sociales, culturales, cívicos, o de otro ámbito con el fin de promocionar y difundir el asociacionismo y la Caza en sus diferentes vertientes.

13. Editar o divulgar a través de los medios de comunicación, (televisión, radio, prensa, revistas, internet, etc.,) y a través de sus propias publicaciones,  manifestaciones y programas, sobre la realidad del mundo de la Caza y de la actividad cinegética, y de la necesidad de una gestión adecuada para la consecución de un mejor desarrollo sostenible de nuestro medio natural o ambiental.

         En general, cuantas actividades se acuerde realizar o puedan desarrollarse conforme a los fines de esta Sociedad.