Cabildo Insular de Lanzarote
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.
HACE SABER:
Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de febrero de 2013, acordó aprobar inicialmente el “REGLAMENTO DEL CONSEJO INSULAR DE CAZA”.
Dada su condición reglamentaria en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, se somete a información pública por un período de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, a fin de que pueda ser examinado en la SecretaríaGeneral de este Cabildo Insular, durante el indicado plazo, por las personas interesadas en formular alegaciones o reclamaciones que estimen oportunas.
Lo que se hace público para general conocimiento. Arrecife, a trece de febrero de dos mil trece.
EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.