miércoles, 12 de marzo de 2014

UNAC.

Los cazadores exigen responsabilidades a las autoridades por el silvestrismo

Recientemente la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) ha denunciado públicamente “Fringílidos: Una errónea interpretación causará su prohibición”, la manipulación realizada en contra del silvestrismo que algunos han tergiversado e interpretado ciertas sentencias de la Unión Europea, y han hecho creer a propios y extraños que esas Sentencias prohibían su captura y se debían de criar en cautividad, si se quería poseerlas, incluso el propio Ministerio se lo ha creído y así lo ha legislado.


Jilguero
Pero dichas sentencias, que han servido de base o se han utilizado para desencadenar la reducción de sus capturas y legislar normas prohibitivas para la captura de estas especies, no dicen lo que se les ha hecho creer a muchos, y estos han dado por bueno.

 Si se lee por ejemplo la Sentencia del Tribunal de Justicia (TJUE) de 13 de diciembre de 1996 contra la Región de Vallonne (Asunto C-10/96), en la cual el Estado miembro había hecho una norma en la que se permitía la capturar aves con el fin de criarlas en cautividad con el objetivo de que los aficionados abastecieran sus pajareras, de modo decreciente y limitado en el tiempo, a lo cual el Tribunal de Justicia Europeo sentencio que eso no se puede autorizar. O por ejemplo, la Sentencia del Reino de Bélgica (Asunto 247/85) en la cual el Estado miembro había realizado una norma en la que se incluía una lista de las aves que podían ser mantenidas en cautividad para su cría y posterior venta, y autorizaba su transporte, a lo cual el Tribunal de Justicia Europeo sentencio que eso no se podía autorizar. Esas legislaciones o Reales Decretos citados no cumplían lo establecido en la DIRECTIVA 2009/147/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.

La Directiva 2009/147/CE no prohíbe la captura de aves fringílidas ni la crianza en cautividad, siempre que se realice en condiciones estrictamente controladas y de un modo selectivo, la captura, la retención o cualquier otra explotación prudente de determinadas aves en pequeñas cantidades, y dicha excepción para poder capturarlas hagan mención, a que especies, los medios, instalaciones o métodos de captura o muerte autorizados, las condiciones de peligro y las circunstancias de tiempo y de lugar en las que podrán hacerse dichas excepciones, la autoridad facultada para declarar que se reúnen las condiciones requeridas y para decidir qué medios, instalaciones o métodos podrán aplicarse, dentro de qué límites y por parte de qué personas, y los controles que se ejercerán.


La UNAC considera graves los hechos y engaños que han llevado a realizar manifestaciones, declaraciones o incluso manifestaciones de Grupos Parlamentarios, políticos y Gobiernos de Comunidades Autónomas en defensa del silvestrismo, y exige cambios sustanciales en las normas que regula la captura de fringílidos, responsabilidades, y modificaciones de los integrantes del Consejo Asesor de Medio Ambiente y del Consejo Estatal del Patrimonio Natural y Biodiversidad que lo aprobaron, y en los altos cargos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que lo respaldaron y lo difundieron, y después de advertírselo no han hecho absolutamente nada

lunes, 10 de marzo de 2014

SIEMBRAS CINEGÉTICAS

El Cabildo de Lanzarote y la Sociedad de Cazadores siembran más de 6 mil kilogramos de cereales para evitar que las especies cinegéticas dañen los cultivos de la isla
El Cabildo de Lanzarote y la Sociedad de Cazadores siembran más de 6 mil kilogramos de cereales para evitar que las especies cinegéticas dañen los cultivos de la isla 
El consejero del área explica que con esta acción que se desarrolla desde hace varios años en colaboración con la Sociedad de Cazadores de Lanzarote, se pretende “asegurar el alimento a la fauna silvestre, especialmente el destinado a las especies cinegéticas, habilitando para ello zonas específicas donde se siembran diferentes semillas para evitar que especies cinegéticas como los conejos o la perdiz, dañen otras zonas y cultivos protegidos de la isla”.
En la pasada campaña de 2013, se sembraron un total de 75 parcelas con un total de 6.080 kilogramos de semillas que se distribuyeron en la Costa Tías, Costa de Playa Quemada, en Las Casitas, en Femés, en Montaña Cinta, en La Degollada, en la zona del Tanque en Uga, en Teguise, en Tahíche, en Guatiza, en Las Nieves, en Montaña Timbayba, en El Cuchillo, en Montaña de Tenesera, en Las Malvas, en Tinache y entre Montaña Blanca y Los Dolores.

miércoles, 5 de marzo de 2014

El Cabildo autoriza la captura de ejemplares de lisa de salvador, perenquén, lagarto común y análisis del gigante

         La Universidad de Oporto quiere estudiar los lagartos de la Isla
                                                     
Cabildo Insular de La Gomera
El Cabildo de La Gomera ha autorizado la Universidad portuguesa de Oporto la captura de ejemplares de lagarto común, perenquén, lisa de salvador -una especie de reptil autóctono de El Hierro, Tenerife y La Gomera- y análisis del lagarto común para el estudio de su coevolución y cambio de hospedadores entre los reptiles canarios y su fauna parásito.
[Img #30282]Este proyecto está financiado por la Fundaçao para a Ciencia e a Tenología y la investigación correrá a cargo de la investigadora portuguesa Fátima Jorge, junto con tres doctores más. El Cabildo de La Gomera impone la prohibición de dar muerte, dañar, molestar o inquietar a los animales hasta el punto de imponer la obligación de evitar la retención y captura en vivo, la destrucción, daño recolección y retención de sus nidos, de sus crías o de sus huevos, aunque éstos se encuentren vacíos. Igualmente se prohibe la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos o de su restos, incluyendo el comercio exterior. La autorización es concendida dentro de las competencias del Cabildo de control sobre las especies que no estén amenazadas.


El estudio pretende la captura de ejemplares para proceder a su sexado y medición de los hospedadores, tomas de muestras del tejido del hospedado en el extremo de la cola para proceder a su análisis con marcadores genéticos, tomas de muestra de sangre para cuantificar la existencia de parásitos, extracción de estos para su determinación morfológica, cuantificación y posterior análisis con marcadores genéticos y retirada de parásitos externos con idéntica finalidad. El plan es llevar a cabo la captura mediante trampas con cebo o lanzo de un total de 30 ejemplares de ambos sexos en distintas localidades de la Isla donde se encuentren en densidades importantes.


Los individuos capturados serán tratados en el mismo lugar y liberados tras su examen. Los datos obetenidos serán presentados en encuentros internacionales o publicados en revistas científicas. Igualmente se deberá presentar al Cabildo un sumario con los resultados relevantes así como, en su momento, copia de las publicaciones generadas cuyos resultados hayan sido obtenidos bajo esta autorización. Igualmente se estipula que el tiempo máximo del estudio no puede exceder las 20 horas, comenzando a contar a finales de este mes o principio de abril. Otra obligación es que la actividad se lleve a cabo fuera de los espacios protegidos y de las zonas especiales de conservación.

sábado, 1 de marzo de 2014

Los técnicos entrenan a 150 ejemplares antes de liberarlos para que, por ejemplo, reconozcan a los cernícalos como depredadores



Medio Ambiente encuentra refugios en los que dejar libres al lagarto gigante
     
Cabildo Insular de La Gomera
La Unidad de Medio Ambiente del Cabildo de La Gomera ha localizado dos puntos idóneos para proceder a la suelta de los lagartos gigantes. En concreto, los lugares elegidos son el Monumento Natural de Los Órganos y el Sitio de Interés Científico de Acantilados de Alajeró. El Patronato de Espacios Naturales Protegidos reunido hoy bajo la presidencia de Casimiro Curbelo Curbelo
[Img #30237]
y la consejera de Desarrollo del Territorio, Ventura del Carmen Rodríguez aprobó el informe previo sobre la localización de zonas aptas para la reintroducción de esta especie en el hábitat natural. Esta era la tercera fase del Plan de Recuperación del lagarto gigante, una vez que se ha garantizado ya la supervivencia del suficiente número de ejemplares en cautividad.
La consejera subraya que con la puesta en libertad de los ejemplares se cumple con el plan de recuperación del lagarto gigante dentro del programa europeo aprobado en su momento. Una vez que se proceda a realizar dos sueltas, una en mayo y la otra en septiembre, desde Medio Ambiente se hará un seguimiento de la evolución de los lagartos gigantes en su nuevo hábitat.

En estos momentos se cuenta con más de 350 ejemplares cautivos y por lo tanto se considera que ya ha llegado el momento de proceder a su reintroducción en el medio natural de un máximo de130. Por ello, desde finales de 2013 se procedió a buscar enclaves adecuados y con este fin se hizo el correspondiente encargo a un escalador que realizó un estudio de las zonas más adecuadas. En la elección se tuvieron en cuenta factores como que la zona estuviera lejos de los núcleos urbanos, que no hubiera deprendadores, facilidad de acceso así como disponibilidad de alimento y de refugios. Con estas premisas en la mano se han encontrado estos dos refugios para los lagartos, ambos dentro de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos. En el caso de Los Órganos se instaló en su momento una valla que impide que los gatos entren en el refugio. Ahora se están llevando a cabo labores de trampeo de otros depredadores tales como ratas.

En el caso de los acantilados de Alajeró se considera también que reúne todas las condiciones pero sin embargo a diferencia de Los Órganos es más fácil que entren depredadores. Entre las medidas que se están tomando para que los lagartos puedan sobrevivir en el medio natural, está por ejemplo, someter a 150 de ellos a un entrenamiento antidepredador, de los que finalmente se elegirán los 130 más aptos. De esta manera los individuos reconocen como enemigos, por ejemplo, a los cernícalos. Para ello se dispone de un sistema de cuerdas y una maqueta de un ave simulando el descenso de ataque. Así se considera que se incrementa la supervivencia de los ejemplares. La suelta puede ser en uno de los dos lugares elegidos o en ambos a la vez.


Disponible el Nº 25 de CAPTIVA



Pincha sobre la imagen para acceder
  • — Inspecciones de la seguridad social: ¿el principio del fin?
  • — La inspección de trabajo y las rehalas
  • — Galgos y liebres
  • — Albores de primavera
  • — ¡Adiós perdiz, adiós!
  • — Ya no quedan (I)
  • — Ley de Caza de Galicia 2.0
  • — Y mucho más...

  • LA SOCIEDAD DE CAZADORES LA LAURISILVA  recomienda la lectura de: Ley de Caza de Galicia 2.0

miércoles, 26 de febrero de 2014

FRINGÍLIDOS


Fringílidos: Una errónea interpretación causará su prohibición

Ante la inminente prohibición a la que se vera abocado el silvestrismo en España, la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) ha hecho un análisis pormenorizado de toda la normativa, documentos y declaraciones relativas a los fringílidos, del cual extrae una serie de conclusiones reveladoras sobre el asunto que resultan muy preocupantes.
martes, 25 de febrero de 2014






Recientemente, el Director de conservación de la Sociedad Española de Ornitología (SEO), afirmaba “Cazar pájaros para el silvestrismo es ilegal en la UE”. Para ello se respaldaba en la SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (STJCE), 8 de julio de 1987, asunto 247/85, la Comisión de las Comunidades Europeas contra el Reino de Bélgica. La cual no dice nada de lo que este señor afirma, y que en reiteradas ocasiones ya apunto dicha prohibición, como se cita en el año 2010 en la evaluación del concepto “Pequeñas Cantidades” y “Demanda de aves para el Silvestrismo”, y también en el Nº 5 de Aves y Naturaleza del invierno de 2011. Pero dicha prohibición no es reflejada en la STJCE de 8 de julio de 1987. Por eso la UNAC considera que la SEO extrajo conclusiones erróneas de dicha sentencia que han podido influir a la Administración, y a diferentes miembros de Instituciones, Organismos y Entidades.

La STJCE habla en su quinto motivo de: “la lista de las aves que pueden ser mantenidas en cautividad y la captura de aves en pequeñas cantidades”, que autorizaba el Real Decreto del Reino de Bélgica, donde el Tribunal sentencia que: “los criterios y requisitos del artículo 9 de la Directiva no están completamente incorporados a la normativa en cuestión.” Este quinto motivo se refiere a lista de aves que pueden ser mantenidas en cautividad, y no a que se prohíba su captura si se pueden criar en cautividad.

La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente aprobaba el 13 de julio de 2011 las Directrices técnicas para la adaptación de la extracción de fringílidos del medio natural al artículo 9 de la Directiva Aves 2009/147/CE. Los servicios jurídicos del entonces MARM y las CCAA, daban por buenas las afirmaciones que venían pregonando desde la SEO, transponiéndolas a las Directrices técnicas, con una conclusión y elevada repercusión y daño: “c) La mayor de estas limitaciones consiste en el hecho que para que la captura pueda autorizarse no puede existir otra solución satisfactoria a dicha captura para conseguir la finalidad que se persigue. En este sentido, la cría en cautividad de fringílidos es una solución alternativa a la captura en estado salvaje de dicha especie. Conforme a lo señalado en la STJCE, solo si se demuestra que la cría en cautividad no es una solución alternativa a la captura de jilgueros en estado salvaje podría autorizarse esta captura.” La STJCE no afirma lo anterior, pero sus consecuencias son devastadoras.

La Comisión Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, aprobó el 10 de diciembre de 2012 el Plan para la reducción del cupo nacional máximo de capturas de aves fringílidas en España (2013-2018). Este plan contempla el pasar de capturar 376.631 fringílidos para el 2013 a capturar 43.733 para el 2018. Pasando por ejemplo en Andalucía, a autorizar la capturar de 144.139 (2013) a capturar 16.625 en el 2018. Si bien, podrían ser objeto de revisión, teniendo en cuenta las experiencias de cría en cautividad.

Pero esta medida, poco acertada, tiene sus máximas consecuencias al llegar a las CCAA, como por ejemplo la de Castilla y León en la cual en su anteproyecto de Ley del Patrimonio Natural recoge, en su disposición final tercera, la prohibición de capturas de ejemplares de fringílidos aunque la Comisión Estatal permitía seguir capturándolos hasta al menos 2018. Existiendo una comisión de expertos en materia de fringílidos en el seno del MAGRAMA, y donde hay innumerables juristas y técnicos en las Administraciones y gente experta, a tenor de lo acaecido, da la impresión de que pocos han leído la citada STJCE de cuantos han intervenido, a excepción del informante de la SEO que la interpretó a su libre albedrío.

Para finalizar, las pretensiones oficiales son claras partiendo de unas conclusiones tendenciosas de la STJCE. Todo ello está siendo defendido de forma equivocada a entender de UNAC. Pues el aval del concurso de canto no debería ser el objetivo perseguible, sino más bien la pura caza recreativa con fines culturales, contempladas en la Directiva Aves y autorizada en la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, al no haber otra solución satisfactoria, pues el canto de estas aves depende del lugar donde hayan nacido y de las condiciones y hábitats que las rodean. No canta igual un jilguero de Almería que de Burgos.

Archivos adjuntos:

COMPENDIO DE DOCUMENTOS SOBRE FRINGILIDOS RECOPILADOS POR LA UNAC


miércoles, 19 de febrero de 2014

TENERIFE.

 

El Cabildo analiza la situación de los cotos privados de caza de la Isla




La consejera de Medio Ambiente del Cabildo de Tenerife, Analupe Mora, ha mantenido un encuentro recientemente con los representantes de las Federaciones Canaria e Insular de Caza y de la Federación de asociaciones para la gestión cinegética de la isla de Tenerife –entidad concesionaria del contrato para la gestión de la caza controlada-, y técnicos del área para analizar la situación de los 68 cotos privados de caza de la Isla.

Analupe Mora explica que "durante el encuentro hemos abordado la situación de los cotos privados de caza, que cumplen un papel importante en la Isla y nos permite el aprovechamiento cinegético de forma sostenible y ordenada. Uno de los instrumentos de gestión para asegurar dicho aprovechamiento son los planes técnicos, cuya prioridad es la preservación y conservación de los hábitats y el mantenimiento del potencial biológico de las especies en el medio natural. Dichos planes tienen una vigencia de cinco años y ya estamos trabajando con las entidades para la presentación de la renovación de los mismos". 

Durante el encuentro, se expusieron las líneas de actuación realizadas por el Cabildo que prevén, entre otros aspectos, la actualización de la cartografía de los cotos privados y la posibilidad de visualizar los mismos a través de Internet, así como la preparación de los modelos oficiales para la presentación de los planes técnicos nuevos.


Fuente: la opinión.es