Numero 21 de la revista.
martes, 5 de noviembre de 2013
domingo, 3 de noviembre de 2013
DOMINGO 27 DE OCTUBRE
NUESTROS CAMPOS ENVENENADOS
El ultimo
día de caza con arma en la Gomera, se produjo una situación que ningún
cazador debería de padecer y es el envenenamiento
de su perro de caza, esta acción es vergonzosa y rechazada por todos los cazadores, los cuales estamos en contra de la utilización
del veneno en nuestros campos.
Según hemos
podido informarnos, está abierta una investigación por los Agentes de la Autoridad que acudieron
al lugar, ahora entramos en una etapa de entrenamientos hasta el 31 de
diciembre del 2013. Por lo tanto, creemos que todos los cazadores y demás usuarios del campo debemos estar informados de estos sucesos, ya que el veneno echado en el campo
puede durar varios meses y producir daños
a terceros que pueden ser hasta seres humanos. La zona en concreto del citado delito seria por los altos del Paso en Alajero. Recomendamos a todos que tengan mucha precaución antes de soltar sus perros y actúen con diligencia si observar veneno en el campo y llamen a las autoridades para denunciar el hecho.
jueves, 31 de octubre de 2013
Octubre de 2013
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lunes, 28 de octubre de 2013
La UNAC participa en la creación de la Iniciativa Comunales
El primer fin de semana de Octubre se celebró en Soria la reunión del ICCA CONSORTIUM, en concreto en un pueblo que se llama Valdeavellano de Tera.
Para aquellos que no lo conozcan, el ICCA Consortium (http://www.iccaconsortium. org/) es una asociación internacional dedicada a promover un reconocimiento y apoyo apropiados a los territorios y áreas gestionados por pueblos indígenas y comunidades locales (ICCA) en todo el mundo. Sus miembros son, a día de hoy, 53 organizaciones y federaciones de comunidades locales, pueblos indígenas u organizaciones civiles de 50 países, a los que hay que sumar 127 miembros honorarios (expertos).
Dentro de este contexto, la idea original de la implantación en España de una organización de este tipo nació a partir del estudio de la Secretaría Técnica del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) sobre la situación actual de apoyo y reconocimiento que reciben en España las ICCA (Áreas Conservadas por Comunidades Locales, que en España se corresponden con áreas comunales como las gestionadas por Comunidades de Montes, Cofradías, Sociedades de Caza, Juntas de Valle, etc.). Este estudio, al que se puede acceder a través de la páginahttp://www.cbd.int/protected/
Avances en la lucha contra el veneno en el ámbito internacional
En España han muerto en la última década más de 7.000 ejemplares de especies amenazadas. En el caso del milano real, por ejemplo, el veneno ha sido uno de sus principales problemas de conservación en los últimos veinte años y lo sigue siendo hoy en día, hasta tal punto que ha sido catalogada como ave “En peligro de extinción” en el año 2011.
Para resolver esta amenaza para la vida silvestre, el desarrollo de Estrategias, Planes de Acción y Protocolos específicos han sido instrumentos clave en muchas regiones españolas ya que contienen directrices para evitar esta amenaza para la vida silvestre.
domingo, 20 de octubre de 2013
miércoles, 9 de octubre de 2013
LA PALMA.
La ACEC solicita a La Palma más agentes de medio ambiente
La Asociación Canaria de Entidades de Caza (ACEC) solicita más agentes al Cabildo Insular de La Palma. Tras el estudio de la documentación relativa al asunto, cree que la corporación insular no tiene escusa para cubrir las vacantes que ya solicitó la asociación de cazadores de ámbito regional.
Las Corporaciones Locales, para el cumplimiento de sus fines en materia de caza, necesitan el empleo de unos medios materiales y otros medios personales, integrado por un conjunto de personas físicas a las que corresponden las funciones propias en la materia de los distintos órganos de la Administración Local. Cuando dichas funciones consistan, como es el caso, en el ejercicio de policía cinegética, las mismas se encuentran legalmente reservadas a personal funcionario especializado en la materia, conforme a lo dispuesto en Constitución y en la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público. De la misma forma, la Ley 7/1998, de Caza de Canarias encomiendan a los funcionarios del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente de los Cabildos Insulares, la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Caza y el Reglamento de Caza y demás normativa relacionada con la actividad cinegética, por lo que la asignación de dichas funciones de policía cinegética reservadas a funcionarios públicos, a personal externo al Cabildo Insular y ajeno a la función pública, vulnera la legalidad vigente en la materia y no garantiza la especialidad, objetividad e imparcialidad que han de informar el ejercicio de dichas funciones de policía cinegética encomendadas al Cabildo de La Palma. Además, el 18 de julio de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictaminó en la línea que ahora demanda la ACEC, que la externalización de los servicios de vigilancia es contraria a derecho cuando la gestión de los recursos cinegéticos están a cargo de la administración.
Por todo ello, la ACEC considera que la vigilancia, seguimiento y erradicación de ciertas prácticas nocivas, no sólo para el medio ambiente, sino para el buen nombre del colectivo de cazadores ante la sociedad, requiere de un trabajo y especialización continua por parte de los funcionarios que han de velar por el cumplimiento de la normativa aplicable. Por todo lo expuesto, el Cabildo Insular de la Palma debería convocar, lo antes posible, las cuatro plazas de agentes ofertadas en el 2007, y que con ellas se cree una brigada especializada en tareas de policía cinegética, flora, fauna e investigación del uso ilegal de venenos en el medio natural.
FURTIVISMO.
La Guardia Civil localiza a un cazador furtivo en el Parque Nacional del Teide
EUROPA PRESS | Santa Cruz de Tenerife
Una patrulla del Seprona del destacamento de La Laguna (Tenerife) ha localizado a un cazador furtivo de caza mayor en el Parque Nacional del Teide, el cual ya había sido visto días antes pero no pudo ser interceptado por la distancia a la que se encontraba, aunque iba armado y en día no hábil para la caza.
El cazador, que iba en un vehículo y utilizaba prismáticos para localizar a los muflones, fue localizado en el kilómetro 40 de la carretera de La Orotava (TF-21) cuando circulaba en su coche. Al verse sorprendido, intentó deshacerse de la munición que llevaba (cartuchos del calibre 12 mm que no están autorizados en la isla) y en la zona de Tabonal Negro fue interceptado.
Durante el registro del vehículo, los agentes encontraron oculta detrás del espaldar del asiento trasero una escopeta de caza sin presentar licencia de armas ni guía de pertenencia. Por todo ello, se le imputan varias infracciones tanto al Reglamento de Armas y al Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional del Teide, procediendo conforme a la Ley con la retirada del arma.
Fuente: diariodeavisos.com
lunes, 7 de octubre de 2013
OCTUBRE NUMERO 20
Número 20 de CAPTIVA disponible
- — Berrea, mucho más que caza de trofeos
- — ¿Mentira y negocio?
- — Boc balear (y III)
- — Tras el verano, nuevas oportunidades
- — Una espera de verano con el Montgó de fondo...
- — Con la casa a cuestas
- — Una alternativa respetuosa con el medio ambiente
- — Y mucho más...
La LAURISILVA recomienda la lectura de: La Caza Social (II)
lunes, 30 de septiembre de 2013
Domingo, 29 de septiembre de 2013
Un helicóptero rescata a un cazador que se precipitó por un barranco en La Gomera
En el Barranco de Iguada, en La Gomera, en la mañana de hoy un varón de 49 años, sufrió una caída mientras cazaba, presentando en el momento inicial de la asistencia un trauma craneal y costal leve salvo complicaciones. Según informó el Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad (Cecoes) 112.
Debido a la orografía del terreno se decide por su evacuación por aire por lo que se activa al helicóptero del GES que, en colaboración con el resto de intervinientes, lleva a cabo el rescate, trasladándolo hasta la helisuperficie de San Sebastián de La Gomera y desde allí en una ambulancia de Soporte Vital Básico, al Hospital de Nuestra Señora de Guadalupe de La Gomera.
domingo, 29 de septiembre de 2013
jueves, 26 de septiembre de 2013
Nota de UNAC
«El Ministerio da la espalda a la Caza mientras a los ecologistas se les da una asignación del IRPF»
La Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) considera que el Ministerio de Agricultura, Alimentación, y Medio Ambiente da la espalda a la caza y a los cazadores.
En un comunicado, UNAC dice lo siguiente:
Al parecer el Ministerio de Medio Ambiente tiene dos varas de medir; una corta para la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC), con la que no se ha reunido ni una sola vez el señor Ministro Cañete desde que está como Ministro y se le ha pedido, siendo la callada por respuesta; y una larga con las cinco veces que se ha reunido con los ecologistas en un año, «Miguel Arias Cañete se reúne con WWF España, SEO/Birdlife, Amigos de la Tierra, Greenpeace y Ecologistas en Acción».
Además el Ministerio tiene dos tratos favor; uno de rechazo, el que ha dispensado a la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC), denegado todo lo que ha pedido, excepto formar parte del Comité de Seguimiento de la Red Rural; y la otra de favor, en la que la financiación de los ecologistas debe ser atendida con los ingresos que se generan cuando los ciudadanos marcan la casilla de interés social en su declaración de IRPF, «Real Decreto 699/2013, de 20 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente».
Si la Sra. Narbona pasó a la historia como la Ministra que les tendió la alfombra roja y les metió dentro del Ministerio por Decreto-Ley a los ecologistas, el Sr. Cañete pasará a la historia como el Ministro que les ha puesto una paga vitalicia para la eternidad.
En resumen, la Caza paga por licencias de caza, matrículas de cotos, montes públicos, por daños de las especies silvestres a la agricultura y en las carreteras, etc., invierte y contribuye a la preservación y protección del medio ambiente en la parte del patrimonio natural cinegético que a ella se le encomienda, ¿y en qué apoya y qué le da el Estado a la Caza?, nada, la ignora.
miércoles, 4 de septiembre de 2013
Número 19 de CAPTIVA
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- - ¿Podemos gestionar las migratorias?
- - ¿Las perdices se extinguen?
- - Corzos en las Tierras Altas
- - Calibres africanos: la leyenda
- - Heym SR 21 y Swarovski Optik Z6
- - El perro de rastro a traílla en la competición
- - La caza social
- - Y mucho más...
La Laurisilva recomienda la lectura del artículo La Caza Social ( I ) de la UNAC
Etiquetas: Revistas
domingo, 1 de septiembre de 2013
LANZAROTE
Los cazadores piden más vigilancia para evitar las matanzas de conejos
Aseguran que se ha denunciado a los que incumplen la legislación
R. G.
Un nutrido grupo de cazadores de Lanzarote han denunciado la falta de vigilancia en el campo al tiempo que ponen de manifiesto la matanza de conejos que se viene realizando desde la apertura de la temporada de caza. Los cazadores demandan un mayor control ante la avalancha de deportistas foráneos, especialmente procedentes de la isla de Fuerteventura. Sin embargo, la Nueva Sociedad de Cazadores de Lanzarote rechaza la ausencia de vigilancia y acusa a los denunciantes de instigar al sector.
La actual temporada de caza será recordada en Lanzarote, no solo porque el colectivo logró modificar el calendario de apertura de veda aprobado por el Consejo Regional de Caza sino porque su posicionamiento provocó la dimisión de la consejera de Pesca, Caza y Medio Ambiente, Mónica Álvarez, de estas áreas aunque mantiene su acta.
Los cazadores denunciantes mantienen la necesidad de ejercer un mayor control y vigilancia "para erradicar la matanza de conejos que realizan cuadrillas de esta isla y de Fuerteventura", aseguran en un escrito acompañado de una fotografía de cazadores majoreros en una reciente cacería realizada en la zona de La Vega. También, denuncian la elevada capturas de conejos en las zonas de los valles del Palomo, Temisa y La Triguera, sin que los efectivos de vigilancia hayan adoptado control alguno para sancionar los excesos de los cupos de captura.
jueves, 29 de agosto de 2013
Duodécimo derecho de los cazadores: A que los recursos económicos que genera la caza reviertan en ella para su mejora
El Derecho de los Cazadores A QUE LOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE GENERA LA CAZA REVIERTAN EN ELLA PARA SU MEJORA.
- En la participación y en la colaboración de los cazadores ante las Administraciones, y para su organización, representación, y asociacionismo.
- En los hábitats y en las especies silvestres cinegéticas.
- En financiar la formación, la información y la investigación del mundo de la caza.
- En el sostenimiento del Organismo Público específicos para la Caza, con el fin de que las Administraciones gestionen a la caza y siga creando riqueza y empleo.
- En la participación y en la colaboración de los cazadores ante las Administraciones, y para su organización, representación, y asociacionismo.
- En los hábitats y en las especies silvestres cinegéticas.
- En financiar la formación, la información y la investigación del mundo de la caza.
- En el sostenimiento del Organismo Público específicos para la Caza, con el fin de que las Administraciones gestionen a la caza y siga creando riqueza y empleo.
La Caza durante décadas ha aportado mucho dinero a las arcas públicas de forma directa, dinero que no ha repercutido para nada a quienes lo han pagado, el cazador ha pagado por ser cazador y por ser ciudadano como todos los españoles.
Es de las pocas actividades que se paga directamente a la Administración para poder practicarla (Licencia de Caza, Matrículas de terrenos cinegéticos o Tarjetas de Zonas Controladas, denuncias, autorizaciones, trámites, etc.), además de aquellos otros pagos e impuestos que también paga la caza como todo tipo de actividad.
Pero los cazadores también costean al propietario del terreno por los derechos de caza ya sea público o privado, en dinero o prestaciones o gratuidad o tarjetas de caza o a cambio de otras gestiones, ya sea los terrenos públicos (Estatal, Autonómico, Provincial, o Local) o privados (particular, entidades privadas, o juntas vecinales o agrarias), sin que todo ello haya repercutido para nada en su mundo o actividad, simplemente para mantenerla o mejorarla o respaldarla.
Muchos sectores reciben dinero y no pagan nada por ejercer su actividad, el político, el sindical, deportivo, artístico, etc., pero la Caza aporta y no recibe.
La Constitución Española (CE) encomienda al Estado la planificación de la actividad económica, al afirmar en su artículo 131.1, y no por ello la Caza debe de quedar al margen: “El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.”
Los Cazadores deben de exigir sus Derechos, y entre ellos está el Derecho a QUE LOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE GENERA LA CAZA, REVIERTAN EN ELLA PARA SU MEJORA, pero que reviertan de una forma clara, transparente, directa y legal regulada en las propias leyes que legislan la actividad de la Caza. Como lo hace el Tribunal de Cuentas con la financiación de los partidos políticos, pagando una cantidad fija por escaño obtenido y casi un euro por voto.
Pero esos recursos económicos o financiación de que estamos hablando que pagan los cazadores, y de donde se va a proponer que se financie para su sostenimiento la Caza, su mundo, y sus especies, lo pagan los propios cazadores y los titulares de terrenos cinegéticos (Sociedades de Cazadores o Titulares privados) directamente a la propia Administración. Lo cual es cuantificable y palpable, independientemente de otros impuestos que también paga como cualquier otra actividad o ciudadano.
De las Licencias de Caza que paga el cazador a las arcas públicas todos los años y que según la CCAA es diferente y no es baladí, una cantidad fija de lo que paga por la licencia de caza debería de repercutir en la financiación de su organización y asociacionismo, con el fin de financiar los gastos de su organización, defensa, participación, representación, y colaboración con las Instituciones Públicas. Y con el objetivo de que sus representantes y estructura velen por sus intereses, organicen sus elecciones, los coordinen, los escuchen, etc. Que el dinero que se paga en licencias de caza sirva para el mantenimiento de su propia organización regulada por la ley de caza, y no impuesta como es la Federación deportiva de caza que ya tiene su propia financiación a través de las licencias federativas o deportivas. El resto de lo que paga el cazador en licencias de caza que revertiera en un Organismo Público que fomente, coordine, y gestione la Caza.
De lo que pagan los titulares o gestores de cotos de caza, zonas de caza controlada, o espacios cinegéticos, como son las Sociedades Locales de Cazadores sin ánimo de lucro a la Administración todos los años, unos por hectárea acotada, otros por cantidades fijas de coto, otros por los socios, otros por tarjetas, etc., y que según la CCAA es diferente y no es trivial, una cantidad fija por cada hectárea de las que tiene adjudicadas dicho titular debería de volver a él, con el fin de mejorar los hábitats y las especies silvestres cinegéticas, y con el objetivo de mantener, para que siga generando riqueza, aquello que lo ha generado, los territorios y las especies de caza.
Por todo lo expuesto anteriormente, y mucho más, la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) lucha junto con sus Asociaciones Autonómicas, por el Derecho a que las leyes de caza reconozcan el derecho a QUE LOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE GENERA LA CAZA, REVIERTAN EN SU FINANCIACIÓN PARA SU MANTENIMIENTO, MEJORA, GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN, ya que si no es así progresivamente dejará de generar riqueza, empleo y valor añadido en las zonas rurales, y las Administraciones públicas y el mundo rural dejará de percibir lo que hasta ahora han aportado.
martes, 27 de agosto de 2013
Redacción/la Voz de Tenerife
El Gobierno canario actualiza en la IDECanarias el servicio de Especies Protegidas del Archipiélago
Esta aplicación también incorpora las especies marinas protegidas presentes en el Banco de Datos de Biodiversidad del Ejecutivo canario
La empresa pública Cartográfica de Canarias (GRAFCAN), que se encuentra adscrita a la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, ha actualizado, en la Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDECanarias), el Mapa de Especies Protegidas con la información existente en el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno autonómico correspondiente al año 2011.
El servicio de Especies Protegidas en IDECanarias es un Banco de Datos que almacena toda la información conocida de especies terrestres, silvestres de Canarias, y a las que se le ha añadido en la señalada actualización las especies marinas protegidas presentes en el Banco de Datos de Biodiversidad. La distribución de las Especies Protegidas está organizada en cuadrículas de 500×500 metros sobre el territorio y a dichas cuadrículas se les asocia la presencia de las Especies Protegidas con el resultado de la consulta realizada al Banco de Datos.
Esta prestación, a la que se puede acceder a través de la dirección http://visor.grafcan.es/visorweb/, devuelve un informe sobre la distribución de las especies protegidas en la cuadrícula seleccionada; informe que se ha hecho, según los criterios de precisión y confianza establecidos por el Servicio de Biodiversidad del Ejecutivo canario.
La Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDECanarias) pone a disposición de sus usuarios la información geográfica producida por el Gobierno de Canarias a través de su visor y de servicios estándares definidos conforme a las especificaciones del Open Geospatial Consortium (OGC).
Estos servicios de carácter público garantizan la interoperabilidad de la información geográfica de Canarias, su inclusión efectiva en la Infraestructura de Datos Espaciales de España y dan cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo denominada INSPIRE. Según esta Directiva, una infraestructura de información espacial engloba a metadatos, conjuntos de datos espaciales y los servicios de datos espaciales; los servicios y tecnologías de red; los acuerdos sobre puesta en común, acceso y utilización; y los mecanismos, procesos y procedimientos de coordinación y seguimiento establecidos, gestionados o puestos a disposición, conforme con lo dispuesto en citada directiva.
La Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDECanarias) pone a disposición de sus usuarios la información geográfica producida por el Gobierno de Canarias a través de su visor y de servicios estándares definidos conforme a las especificaciones del Open Geospatial Consortium (OGC).
Estos servicios de carácter público garantizan la interoperabilidad de la información geográfica de Canarias, su inclusión efectiva en la Infraestructura de Datos Espaciales de España y dan cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo denominada INSPIRE. Según esta Directiva, una infraestructura de información espacial engloba a metadatos, conjuntos de datos espaciales y los servicios de datos espaciales; los servicios y tecnologías de red; los acuerdos sobre puesta en común, acceso y utilización; y los mecanismos, procesos y procedimientos de coordinación y seguimiento establecidos, gestionados o puestos a disposición, conforme con lo dispuesto en citada directiva.
domingo, 25 de agosto de 2013
FORMACIÓN, INFORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y EDUCACIÓN.
Undécimo derecho de los cazadores: A la formación, la información, la investigación y la educación del mundo de la caza…
El Derecho de los cazadores A LA FORMACIÓN, LA INFORMACIÓN, LA INVESTIGACIÓN Y LA EDUCACIÓN DEL MUNDO DE LA CAZA; los cazadores tienen derecho a la formación debido a su condición, a la información por su aportación, a la investigación por su utilización, y a la educación por su convivencia con otros actores que comparten nuestro patrimonio natural y su interés por la actividad.
Los cazadores son por una parte consumidores en una gama de productos que se utilizan para ejercer su actividad, y al mismo tiempo son usuarios de los aprovechamientos cinegéticos que se les ofrece, y por los que pagan y aportan recursos.
La Constitución Española estable unos derecho y promulga unos mandatos. En su Artículo 20. 1. “Se reconocen y protegen los derechos: d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.”. El Artículo 27. 1. establece que “Todos tienen el derecho a la educación”. Su Artículo 44.2. incide en que “Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general. Y como ciudadanos, usuarios, y consumidores que son los cazadores en su Artículo 51.2 “Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los términos que la ley establezca”.
Es por ello que se defiende el derecho a que los cazadores reciban formación adecuada sobre a la actividad que van a realizar, y que ésta, además de transmitirse de padres a hijos o de unos a otros, les llegue a través de canales oficiales y medios públicos que son los que regulan, recaudan y controlan la actividad que realizan. Pocas Administraciones han empleado recursos para formar a los cazadores en las buenas prácticas de la actividad, en el respeto al entorno, a las leyes que le afectan, y al medio ambiente que le rodea.
Asimismo se lucha por el derecho a que la Administración transmita la información necesaria y adecuada para que los cazadores realicen su actividad sin ambigüedades con una información veraz y adecuada en los medios de comunicación y en su formación. Contadas Administraciones, que les cobran servicios, les exigen obligaciones, y les imponen responsabilidad a través de sus legislaciones sectoriales informan a los cazadores de aquellas cuestiones que les pueden afectar de forma directa.
La investigación por parte de la Administración de las especies silvestres, sus hábitat, y la cuestiones de interés general que rodean o envuelven a la caza es uno de los derechos que los cazadores defienden, ya que los poderes públicos deben de promover la investigación y los estudios adecuados, con el fin de preservar el patrimonio natural cinegético con el objetivo de corregirlo, sostenerlo y mejorarlo.
Por último se persigue que las Administraciones promuevan la educación hacia una visión más respetuosa y sostenible del medio y sus especies cinegéticas, inculcando comportamiento éticos, morales, naturales, y de respeto hacia quienes comparten junto con los cazadores el patrimonio natural y rural.
Estos derechos que se persiguen no le llegan al cazador, que en gran parte son responsabilidad y obligación del Estado y de las Comunidades Autónomas, que además les cobran tasas y licencias e impuestos, pero que hasta ahora la mayoría de cazadores se han auto-formado, auto-informado, auto-investigado, o auto-educado.
Por todo lo expuesto la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) lucha, junto con sus Asociaciones Autonómicas, por el Derecho a que la Caza Social y los cazadores reciban información adecuada, formación ajustada, investigación necesaria, y la educación precisa, acorde a la actividad y aportación que realizan, por considerarse un derecho.
miércoles, 21 de agosto de 2013
CONTROL SANITARIO
Décimo derecho de los cazadores: Al control y calidad sanitaria de sus especies cinegéticas
El Derecho de los cazadores AL CONTROL Y CALIDAD SANITARIA DE SUS ESPECIES CINEGÉTICAS, tanto en el medio natural como en las que se introducen en él procedentes de explotaciones cinegéticas o espacios cinegéticos. Una genética genuina, un estado sanitario optimo, un entorno ideal, y una evolución en su medio natural lo más silvestre y adecuado.
Se considera que es un Derecho Constitucional que los Poderes Públicos velen por la utilización racional de todos los recursos naturales con el objetivo de proteger y mejorar la calidad de la vida de nuestras especies silvestres de caza, en su condición de recurso natural, como así lo estable la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, ya que así lo impone la Constitución de 1978, que recoge en su artículo 45., un mandato para todos los Poderes Públicos: “1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo. 2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. 3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.”.
Es responsabilidad de los poderes públicos velar por la utilización racional de los recursos naturales y para ello es imprescindible preservar su genética, el estado sanitario, su entorno y la evolución en el medio natural de las especies silvestres cinegéticas, como parte de nuestros recursos y patrimonio natural.
Pero ese control y calidad sanitaria de las especies cinegéticas tiene dos aspectos o vertientes fundamentales, uno en las especies cinegéticas silvestres que viven y se reproducen en un entorno natural, y otro en las especies cinegéticas ganaderas que se crían y se preproducen en explotaciones. Dos especimenes que hay que controlar rigurosamente para preservar nuestro gran patrimonio natural y en especial nuestras especies cinegéticas.
Un control que pasa por preservar y mantener su:
Genética al más alto nivel en el medio natural, controlando y realizando estudios que evidencien el estatus genético de las poblaciones silvestres, en evitación de ejemplares con mutaciones e introgresión de genes de granja, con la finalidad de mantener las diferentes estirpes (líneas genéticas) en el futuro y evitar la variabilidad genética de la población silvestre. Genética que debe de ser controlada escrupulosamente en las explotaciones ganaderas por las autoridades competentes, si esas especies van a ser soltadas en el medio natural. Supervisando, controlando y auditando la trazabilidad de ellas.
Estado sanitario y de salud de las especies silvestres que la Administración y sus autoridades competentes deben de controlar, estudiar, supervisar y realizar cuantas pruebas sean necesarias con el objetivo de que las especies que viven en el medio natural posean un estado sanitario y de salud acorde con su vida silvestre, y con el fin de proteger y mejorar su la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente donde viven. Estado sanitario, de salud y de instinto de supervivencia y de huída que debe ser controlado de forma estricta, muy especialmente, en las explotaciones ganaderas por las autoridades competentes, si esas especies van a ser liberadas en el medio ambiente.
Su entorno y hábitats naturales en donde se crían y viven las especies autóctonas debe de ser profundamente preservado y custodiado con el objetivo de que su evolución en el medio natural de las especies silvestres sea lo más sostenible y natural posible. Entornos y hábitats naturales establecidos en las explotaciones que la Autoridad competente debe de exigir se aproximen a lo silvestre y natural para que dichas especies, que en un futuro se soltarán en el medio natural, tengan las máximas garantías de sobrevivir y adaptarse de forma natural en un medio tan hostil como es la naturaleza.
Por todo lo expuesto y mucho más la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) lucha junto con sus Asociaciones Autonómicas, por el Derecho a que las Administraciones controlen, estudien y preserven de forma eficaz, eficiente y efectiva el estado genético, sanitario y de salud de nuestras especies cinegéticas silvestres que viven en el medio natural y medio ambiental, así como de aquellas especies procedentes de explotaciones ganaderas que vayan a ser liberadas e introducidas de forma puntual y excepcional en el medio natural.
sábado, 17 de agosto de 2013
Gobierno de Canarias
ORDEN de 12 de agosto de 2013, por la que se modifica la Orden de 2 de julio de 2013, que establece las épocas hábiles de caza para el año 2013, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Visto el escrito del Cabildo Insular de Lanzarote de 20 de julio de 2013, en el que remite la certificación del acuerdo adoptado por el Consejo Insular de Caza de Lanzarote, celebrado, con carácter extraordinario y urgente, el día 26 de julio de 2013, solicitando la modificación del apartado B) del artículo 10 de la Orden de 2 de julio de 2013, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2013, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, en el sentido de que se autorice la caza del “conejo con perro podenco y hurón los jueves y domingos desde el 18 de agosto al 3 de noviembre ambos inclusive”, y “la perdiz moruna y la paloma bravía con escopeta y perro de muestra los domingos entre el 15 de septiembre y el 10 de noviembre ambos inclusive, incluyendo el jueves”.
Primero.- Modificar el apartado B) del artículo 10, Períodos hábiles, condiciones y limitaciones para la práctica de la caza menor en Lanzarote, de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de 2 de julio de 2013, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2013, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, según el siguiente tenor literal:
“B) Períodos y días hábiles:
• El conejo con perro podenco y hurón: los jueves y domingos desde el 18 de agosto hasta el 3 de noviembre ambos inclusive.
• El conejo con perro podenco, hurón y escopeta: los domingos entre el 20 de octubre al 27 de octubre ambos inclusive.
• La perdiz moruna y la paloma bravía con escopeta y perro de muestra, los domingos entre el 15 de septiembre y el 10 de noviembre ambos inclusive. El día 31 de octubre se considera hábil para esta modalidad.
• El conejo y la paloma bravía con cetrería y perro (muestra/podenco) los viernes y domingos del 25 de agosto al 27 de octubre ambos inclusive.
En los vedados de caza de la isla, solo se podrá cazar el conejo los jueves con perro podenco y hurón.
No se consideran días hábiles de caza los festivos dentro del período de caza, con independencia de su carácter nacional, autonómico o local.”
Más información: Boletín Oficial de Canarias núm. 157 Viernes 16 de agosto de 2013
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