miércoles, 10 de octubre de 2012

Finaliza la temporada de caza de pluma

 

Gobierno de Canarias


ORDEN de 4 de octubre de 2012, por la que se modifica, para el ámbito de la isla de Tenerife, la Orden de 27 de junio de 2012, que establece las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias.


Modificar, en el sentido propuesto por el Cabildo Insular de Tenerife, los apartados A) y B) del artículo 12 de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de 27 de junio de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, según el siguiente tenor literal:

A) Especies autorizadas: solamente se autoriza la caza del conejo.

B) Períodos y días hábiles por modalidad:

• Conejo con perro podenco y hurón: desde el 7 hasta el 28 de octubre.

Los días hábiles para la práctica de la caza serán los jueves, domingos y festivos de ámbito nacional y autonómico, comprendidos dentro de los períodos establecidos, para cada tipo de pieza y modalidad de caza. No obstante, se excluye en este año el 15 de agosto y el 12 de octubre.

Los cazadores podrán transitar por los terrenos cinegéticos, en los días hábiles, con perros de muestra, hasta el día 28 de octubre.

La modalidad de caza con arco no está autorizada en la isla de Tenerife.

Más información: Boletín Oficial de Canarias núm. 199 Miércoles 10 de octubre de 2012

martes, 2 de octubre de 2012

La caza, actividad social y no deportiva

En la defensa de la caza como una actividad social y no como una deportiva, la ABEC y la UNAC celebraron ayer una conferencia en el programa de actividades de la Feria de Caza y Tiro.
Antonio Reguero, de la UNAC, hizo una exposición de los 12 derechos que creen que debería contemplar la Ley 6/2006 de caza, además de los ya establecidos, pero que a ojos de estos dos colectivos se estiman insuficientes. La práctica de una actividad ancestral y social en lugar de una deportiva es, quizás, el punto clave del discurso de estas entidades que reclaman la atención de la Conselleria de Medi Ambient, como resultaría lógico y como establece la disposición general segunda de la ley autonómica de caza. En contra de esta idea la reforma prevista, establece la consideración de actividad deportiva. “No se trata de premiar al que más caza en menor tiempo”, dicen ABEC y UNAC, defendiendo la parte social de la caza.

Entendiendo este punto, se desarrollan otros, como el respeto a los cazadores como un colectivo amante de la naturaleza que, como mínimo no debería tratarse con la hostilidad actual, que requiere el reconocimiento de las Sociedades de Cazadores, el control y calidad sanitaria de sus especies cinegéticas, la formación y educación de la caza, y el destino de recursos económicos a la naturaleza y la práctica de la actividad cinegética.

La conferencia de ayer tuvo especial interés entre los cazadores, siendo la que más gente congregó con alrededor de 30 personas. Cabe decir que el acto cobraba más interés después de que durante esta semana ABEC denunciase abiertamente a los periódicos la falta de consideración por parte de la Administración, quien niega la subvención del colectivo al que representa, sociedades de cazadores en su mayoría.
UNAC, es la representación a nivel estatal de la suma de entidades autonómicas, que a su vez representan ante las Administraciones locales a las sociedades de cazadores.

Fuente; Tablón de Noticias

viernes, 28 de septiembre de 2012


Uso generalizado de venenos que dañan la fauna

 
 

 

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AVES ENVENENADAS LA PALMA - FURADAN
Son pocas las denuncias, pero numerosas las aves envenenadas./ AMAPAL
EUGENIA PAIZ | Santa Cruz de La Palma
El uso de cebos envenenados en el entorno rural de la isla de La Palma es una práctica generalizada, algo que preocupa especialmente a los expertos. Cristina González, delegada territorial de Canarias SEO/BirdL, de la Sociedad Española de Ornitorrología, reconoce que de todo el territorio canario, destaca especialmente el caso de La Palma, que “resulta singular porque es donde más uso de venenos se hace, algunos dentro de las propias campañas de desratización que llevan a cabo las administraciones y en las que hemos detectado que los venenos se usan sin el debido control llegando a afectar a la fauna en general y a especies protegidas”.
Delito medioambiental
El Juzgado de lo Penal número 7 de Santa Cruz de La Palma, acaba de condenar a un vecino de barrio de Botazo, en el municipio de Breña Alta, como “autor penalmente responsable de un delito contra la fauna” a ocho meses de multa, además de declarar su inhabilitación para el ejercicio de la caza y la pesca durante los próximos dos años. La condena ha llegado tras prosperar la denuncia de oficio del ministerio fiscal en La Palma, que ha probado que este vecino esparció, a escasos metros de una zona de especial protección para aves y dentro de su huerta, “cebos hechos con granos de millo impregnados en lejía y furadán”.

jueves, 27 de septiembre de 2012

UNAC, MAGRAMA


          .

La UNAC valora positivamente el interés del MAGRAMA por solucionar los problemas de los cazadores españoles

El pasado 18 de septiembre, como ya se anunció, el Presidente, Vicepresidente, Secretario y Técnico de la Unión Nacional de Asociaciones de CAZA (UNAC) se reunieron en el Ministerio de Agricultura, Alimentación, y Medio Ambiente (MAGRAMA), con la Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto, y su equipo técnico. 
La reunión se centró en la exposición, por parte de la UNAC, de todas las iniciativas que ha venido desarrollando desde su creación a los representantes del MAGRAMA:

-Desarrollo de la norma básica “de caza” para todo el territorio Español: Los representantes de la UNAC explicaron la dificultad que supone la creación de una ley armonizadora de la normativa de caza de las diferentes Autonomías, y propusieron el Borrador de Ley del Patrimonio Natural Cinegético de la UNAC como una alternativa a la misma, ya que si bien las competencias en materia de caza corresponden a las CCAA, las de preservación y conservación de todas las especies silvestres, entre las que se incluyen las cinegéticas, son competencia del Estado. Los representantes del MAGRAMA entendieron el sentido de la propuesta de la UNAC, lo cual supone un avance importante, ya que hasta ahora el Ministerio siempre trató de eludir su responsabilidad con las especies cinegéticas.

-Implantación de la Licencia Única de Caza en España (Informe LUC de la UNAC): Se explicó a la Directora General las ventajas de este sistema, que ya ha sido aceptado por varias CCAA, como son la reducción de costes para los cazadores y para las propias administraciones, debido a la supresión significativa de muchos trámites y la posibilidad de crear un registro único de cazadores para todo el territorio español, ya que si las CCAA deben de saber los cazadores que tienen autorizados en su territorio, el Estado también debería de conocer cuantos cazadores cazan en su País, sin duplicidad de licencias de caza por cazar en varias CCAA, por no hablar de la necesidad de la creación de un registro nacional de infractores. La UNAC pidió al MAGRAMA que impulse la Licencia Única de Caza (LUC) para que el número de CCAA que la apliquen o se adhieran al sistema siga creciendo en los próximos años, facilitando las herramientas a éstas para que cuanto antes sea una realidad. Informe de la Licencia Única de Caza (Informe LUC) que la UNAC redacto, propuso y remitió a cada una de las Comunidades en el año 2007, para que implantarán dicho sistema, y que ha tenido el respaldo de otras organizaciones del sector de la Caza, como la Federación Deportiva (RFEC) o la Oficina Nacional de la Caza (ONC), a las cuales la UNAC agradece su apoyo, en pro de mejorar las condiciones de los cazadores españoles.

miércoles, 26 de septiembre de 2012



Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.


 

ANUNCIO de 12 de septiembre de 2012, relativo  a autorización de la apertura de los


campos de entrenamiento de perros de caza.

 
boc-a-2012-189-4745[1].pdfboc-a-2012-189-4745[1].pdf
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SEO/BirdLife alerta del grave peligro que corren nuestras especies amenazadas debido a la inactividad de las administraciones en la lucha contra el veneno

  • La muerte de 40 buitres el pasado fin de semana en el municipio leonés de Villamanín (León) suma ya la escalofriante cifra de más de 200 aves envenenadas en lo que llevamos de año

  • La falta de vigilancia en el campo y la impunidad de los envenenadores propicia que esta práctica ilegal continúe siendo una de las principales amenazas para nuestras aves

martes, 25 de septiembre de 2012

miércoles, 26 de septiembre de 2012


El Consejo Insular suspende la caza de la perdiz con escopeta

 
 
El órgano mantiene el calendario aprobado en junio para el conejo, que se podrá seguir cazando con hurón hasta el 28 de octubre
ORLANDO GONZÁLEZ, Tenerife


El Consejo Insular de Caza, órgano que preside del Cabildo de Tenerife, puso fin ayer a la incertidumbre que, desde hace varias semanas, embargaba a los cazadores de esta isla. El máximo órgano de decisión insular en materia de caza aprobó, por un lado, suspender el uso de la escopeta para la caza de la perdiz y, por otro, mantener el calendario aprobado en junio para la captura del conejo con perro y hurón, por lo que la temporada no concluirá hasta el 28 de octubre.

 
La primera medida, que afecta a los cazadores de pluma, se hará efectiva, si no hay cambios en los próximos días, el 7 de octubre. Hasta ese día se podrán seguir utilizando las armas de fuego para la caza de la perdiz -y otras especies de pluma permitidas-. A partir de esa fecha solo se podrá salir al campo con los perros hasta el final de la temporada.

 
Los cazadores de pelo, sin embargo, no verán alterado el calendario inicial. Pese a que algunos colectivos reclamaban un adelanto del fin de la campaña o la eliminación del hurón, las fechas se mantienen inalteradas, por tanto los aficionados a esta modalidad podrán seguir cazando en las mimas condiciones que ahora.

Reunión previa

La decisión de ayer vino precedida de una reunión celebrada la tarde-noche del lunes, convocada por el Cabildo, en la que estuvieron presentes representantes de gran parte de las sociedades de cazadores de Tenerife. En ella se dio a conocer el último informe sobre el seguimiento de la población del conejo en Tenerife, elaborado por la Unidad Orgánica de Biodiversidad del área de Medio Ambiente insular.

El documento, que ha estado dirigido por el doctor en Biología Animal, Jesús Nadal, pone de manifiesto el descenso en la población de lagomorfos, sobre todo, en las dos últimas temporadas.

La cita también sirvió para que tanto la consejera de Medio Ambiente insular, Ana Lupe Mora, como los responsables técnicos de la Corporación conocieran de boca de los cazadores tinerfeños una amplia variedad de propuestas orientadas a mejorar la gestión de la caza.

Fuente: ELDÍA.ES


 

martes, 25 de septiembre de 2012


Nuevo número de Captiva


Pincha aquí
- Conejos en Galicia: un bien escaso
- La caza con arcos tradicionales
- Nuevo reglamento de armas en CLM
- Hungría, un paraíso para la caza
- Beretta SV10 Perennia III
- Tiempo de berrea, cuando el monte brama
- Dogos argentinos
- Y mucho más...

La ACEC recomienda la lectura de:

Tercer Derecho de los Cazadores: A ser tratados con igualdad (UNAC)

La Realidad de la Caza en Canarias

lunes, 24 de septiembre de 2012


El 11% de las especies registradas en Canarias han sido introducidas


El 11 por ciento de las especies de animales, plantas y hongos registradas en Canarias, 1.567 de un total de 14.254, han sido introducidas por el hombre y de ellas 183 se consideran invasoras.

La viceconsejera de Medio Ambiente, Guacimara Medina, dio estos datos durante la comisión parlamentaria en la que compareció a instancias del grupo Popular para informar sobre la lucha contra las especies invasoras exóticas, que pueden, dijo, ocasionar graves perjuicios a la biodiversidad y a la economía.

Medina indicó que el 43 por ciento de esas especies han sido introducidas en los últimos 30 años y el 47 por ciento de ellas son invertebrados, el 45 plantas vasculares, el 4 por ciento hongos y el 3 por ciento vertebrados.

La viceconsejera detalló que las islas más afectadas por esta invasión de especies exóticas han sido El Hierro y Tenerife.

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 Fuente:canarias7.es

LAS PALMAS DE GRAN CANARIAS


Fallece un cazador en un accidente en Inagua


Este domingo, sobre las doce del mediodía, se produjo un accidente en la zona de Inagua, en La Aldea de San Nicolás, en el que falleció un cazador.
Según Informa el CECOES , se recibió una alerta en la que se informaba que un hombre se había caído por un barranco de difícil acceso en la citada zona.
El 1-1-2 activó de inmediato los recursos de emergencia necesarios.
El helicóptero del GES procedió al rescate del afectado y lo trasladó a la helisuperficie de La Aldea, donde el médico del Centro de Salud de este municipio certificó su muerte.
La Policía Local ayudó a la localización de la zona donde se encontraba el afectado y habilitó, conjuntamente, con Protección Civil la helisuperficie para el correspondiente aterrizaje.
La Guardia Civil instruyó las diligencias correspondientes.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

«El cazador, una pieza clave para el equilibrio de la naturaleza»


 



El pasado 15 de septiembre, bajo el título «El cazador, una pieza clave para el equilibrio de la naturaleza», la Asociación de Perdigueros de Gata organizó una conferencia en la que los oradores fueron Ismael Tragacete, Marcelo Verdeja y Víctor Mascarell.

Con este motivo, la Asociación nos remite la siguiente nota:
Apega, Asociación de perdiceros españoles que gestionan la perdiz autóctona, que se formó con muy pocos cazadores de Gata de Gorgos, Alicante, amantes de la caza natural de perdiz silvestre. Esta asociación cultural de cazadores, tiene como fin reclamar a los organismos competentes el derecho de las especies cinegéticas autóctona a disponer del espacio vital a salvo de cualquier mestizaje.


Numeroso publico asistió a esta conferencia donde Ismael, Marcelo y Víctor nos deslumbraron con varias explicaciones sobre las preguntas que hicieron varios cazadores sobre las perdices autóctonas, las perdices de goma, las prohibiciones de las sueltas, la licencia única, etc. etc. Así estuvimos casi dos horas.

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domingo, 16 de septiembre de 2012

Cabildo Insular de La Gomera

ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 4 de septiembre de 2012, de la Presidencia, que modifica la Resolución de 7 de junio de 2012 que autoriza la apertura de los campos de entrenamiento y adiestramiento para perros conejeros y perdiceros (BOC nº 119, de 19.6.12).
 

D I S P O N G O:
Primero.- Modificar la Resolución de la Presidencia de fecha 7 de junio de 2012 y el anuncio publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 119, de fecha 19 de junio de 2012:

1.- En cuanto a los entrenamientos para perros perdiceros y conejeros, quedan prohibidos estos en las Zonas de Caza Controlada afectadas por los incendios.

2.- En el resto de Zonas de Caza Controladas (no afectadas por los incendios) y solo para perros conejeros se permite el entrenamiento solo en domingos y hasta el 31 de octubre.

Más información: Boletín Oficial de Canarias núm. 181 Viernes 14 de septiembre de 2012

viernes, 14 de septiembre de 2012

DE INTERÉS GENERAL

viernes, 14 de septiembre de 2012

Gobierno de Canarias

2ª Modificación Orden de Vedas 2012

ORDEN de 13 de septiembre de 2012, por la que se modifica, para el ámbito de las islas de El Hierro, Lanzarote y La Palma, la Orden de 27 de junio de 2012, que establece las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Examinadas las solicitudes de los Cabildos Insulares de El Hierro, La Palma y Lanzarote, referentes a la modificación de la Orden de 27 de junio de 2012, que establece las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con los siguientes

D I S P O N G O:
Primero.- Modificar, en el sentido propuesto porel Cabildo Insular de El Hierro, el apartado B) delartículo 6 de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de 27 de junio de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, según el siguiente tenor literal:

B) Períodos y días hábiles por modalidad:

* Conejo con perro y hurón del 5 de agosto al 25 de noviembre.

* Conejo con perro, hurón y escopeta: del 7 de octubre al 28 de octubre.

* Perdiz moruna, tórtola común y paloma bravía con perro y escopeta: del 7 de octubre al 28 de octubre.

* Codorniz común con perro y escopeta: los domingos comprendidos entre el 7 de octubre y el 21 de octubre.

Los días hábiles para la práctica de la caza, en la modalidad de conejo con perro y hurón, serán los jueves, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico, comprendidos dentro del período establecido para la caza en esta modalidad.

Durante el período que se permita el uso de la escopeta, del 7 de octubre al 28 de octubre, solo se podrá cazar los domingos. El festivo del 12 de octubre se podrá cazar sin escopeta. Se prohíbe cazar el 24 de septiembre por ser festividad local.

Segundo.- Modificar, en el sentido propuesto por el Cabildo Insular de Lanzarote, el artículo 10 de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de 27 de junio de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, según el siguiente tenor literal:

No se autoriza la caza debido al estado desfavorable de las poblaciones de especies cinegéticas como consecuencia de las condiciones meteorológicas adversas, adoptándose esta medida con el objetivo de garantizar el aprovechamiento sostenible de este recurso.

Tercero.- Modificar, en el sentido propuesto por el Cabildo Insular de La Palma, el apartado B) del artículo 11 de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de 27 de junio de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, según el siguiente tenor literal:

B) Períodos y días hábiles:

* Conejo con perro, hurón y escopeta: entre el 5 de agosto y el 2 de diciembre. Las cuadrillas no podrán portar más de dos escopetas.

* Paloma bravía con escopeta: desde el 5 de agosto al 2 de diciembre, pudiendo el cazador estar acompañado de un perro.

* Tórtola común y perdiz moruna con perro y escopeta: desde el 9 de septiembre al 11 de noviembre.

Con carácter excepcional y para paliar los daños que la paloma bravía viene ocasionando en la agricultura, se autoriza su caza, sin límite de piezas, los miércoles y sábados entre el 5 y el 29 de diciembre, pudiendo realizar su caza además en las zonas de adiestramiento y campos de entrenamiento.

Los días de caza serán los jueves y domingos, y los días de fiesta de ámbito estatal y autonómico, comprendidos en los períodos establecidos para cada especie y modalidad.

La paloma bravía se podrá cazar los jueves, los domingos y los festivos de ámbito estatal y autonómico.

La perdiz moruna sólo se podrá cazar los jueves.

En las zonas de adiestramiento y entrenamiento, se podrá cazar la paloma bravía y perdiz moruna los jueves durante el período hábil de caza de la perdiz moruna. En este caso, para la caza de la perdiz moruna se podrá emplear un máximo de dos perros de muestra por cazador.

Más información: Boletín Oficial de Canarias núm. 181 Viernes 14 de septiembre de 2012

jueves, 13 de septiembre de 2012

ANUNCIO DE INTERÉS


 
 
 
 
 
 
Modificación Orden Canaria de Caza
ORDEN de 5 de septiembre de 2012, por la que se modifica la Orden de 27 de junio de 2012, que establece las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias.

D I S P O N G O:
Primero.- Modificar la Orden de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de 27 de junio de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, introduciendo las siguientes Disposiciones Adicionales en la citada Orden:

DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- Se prohíbe cazar en los terrenos afectados por los incendios forestales acaecidos durante el período hábil de caza establecido por la presente Orden, tanto dentro del perímetro declarado por el correspondiente cabildo insular, como en una franja de 200 m a su alrededor.

Segunda.- Se prohíbe cazar en las islas en las que se decrete, por parte de la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de seguridad y emergencias, la situación de alerta por altas temperaturas, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley de Caza de Canarias.

Más información:



domingo, 9 de septiembre de 2012

 

El Consejo de Caza acuerda desautorizar la actividad cinegética en 2012

Lanzarote

El Consejo Insular de Caza acordó este viernes que “no se autoriza la caza debido al estado desfavorable de las poblaciones de especies cinegéticas como consecuencia de las condiciones metereológicas adversas, adoptándose esta medida con el objetivo de garantizar el aprovechamiento sostenible de este recurso para las temporadas venideras”, según explicó la consejera de Área de Caza, Mónica Álvarez. La decisión contó con el respaldo unánime de todos los miembros de este órgano.

Este acuerdo se ha tomado en una convocatoria con carácter extraordinario y urgente, debido a la proximidad de la fecha de apertura de la veda para 2012. En este encuentro se presentó un informe especializado encargado por el Área de Caza sobre las especies cinegéticas y el estado de sus distintas poblaciones.

Sobre este informe, que contempla un censo de especies cinegéticas existentes en la isla elaborado precisamente para poder decidir sobre la conveniencia de mantener, limitar o suprimir la actividad cinegética, la decisión final en este caso ha sido desautorizarla durante esta temporada.

Dada la decisión, que desautoriza la caza, el Área de Caza del Cabildo amplía hasta el próximo 28 de octubre el permiso para hacer uso de los campos de adiestramiento. De modo que, tanto los cazadores como sus perros puedan mantener la buena forma y disfrutar del contacto con la naturaleza, aspecto muy importante en la práctica de esta actividad.

Por otra parte, se hizo entrega a los miembros del Consejo del borrador del anteproyecto de la Ley Canaria de Caza, para su estudio y la posible presentación de alegaciones. El plazo estará abierto hasta el próximo 30 de septiembre.

Fuente:Canarias7.es
 

viernes, 7 de septiembre de 2012

¿COMO EN LA GOMERA?

viernes, 7 de septiembre de 2012


Cabildo Insular Fuerteventura

 
CONVOCATORIA PÚBLICA DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA DE: SUBVENCIONES EN MATERIA DE CAZA, AÑO 2012
 
Por Resolución adoptada por el Consejo de Gobierno Insular, en su Sesión de fecha 2 de julio de 2012, se hace pública la CONVOCATORIADE SUBVENCIONES ENMATERIADE CAZA. CORRESPONDIENTES AL AÑO 2012. Conforme a las Bases Reguladoras del Régimen General de Ayudas y Subvenciones en materia de caza, aprobadas en Sesión Plenaria de fecha 25 de abril de 2008 y que fueran publicadas en el B.O.P. número 59 de fecha 7 demayo de 2008, siendo el plazo de presentación de solicitudes y resto documentación preceptiva de TREINTA DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente de esta publicación.
 
NOTA: Las bases de la convocatoria,modelos de solicitud y anexos se encuentran a disposición de los interesados en: Departamento de Caza y en los Tablones Oficiales del Cabildo Insular y páginas Web oficiales de la Corporación Insular y de la Consejería de Deportes y Caza.
TRÁMITES E INFORMACIÓN DETALLADA: Departamento de caza, Consejería de Deportes, calle Doctor Fleming, número 1 de Puerto del Rosario, Teléfonos:, 928.344.688, 928.532.096-928.532.224 y fax: 928.531.190.

Puerto del Rosario, a veintinueve de agosto de dos mil doce.
EL COSEJERO DE DEPORTES Y CAZA, Antonio Mesa Hernández.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 114, viernes 7 de septiembre de 2012

miércoles, 5 de septiembre de 2012

, 4 de septiembre de 2012




UNITEGA valora positivamente el nuevo Plan Director de la Red Natura 2000

La Unión de Tecores de Galicia (UNITEGA) no presentará alegaciones al nuevo texto del Plan Director de la Red Natura 2000 que se encuentra en proceso de información pública desde el 17 de julio, ya que el nuevo Plan nada tiene que ver con el que la Xunta de Galicia publicó en junio del año 2011 y que suponía un ataque directo a la caza social que se practica en los Tecores de Galicia.

UNITEGA presentó alegaciones a dicho borrador el 27 de julio de 2011 y las mismas se han tenido en cuenta en la elaboración del nuevo Plan, por lo que UNITEGA valora positivamente este hecho y agradece al Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, D. Agustín Hernández, la especial sensibilidad mostrada con las Sociedades de Cazadores titulares de los Tecores.

El nuevo Plan recoge que se debe fomentar el establecimiento de las zonas de adiestramiento de perros fuera de las zonas de mayor valor de la biodiversidad y que se celebren los campeonatos o competiciones deportivas fuera de la Red Natura 2000.

En lo que se refiere a las zonas de caza permanente, establece la obligatoriedad de que pasen un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, lo que en la práctica, supondrá que no se establezcan estas zonas dentro de los terrenos de la Red Natura 2000.

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lunes, 3 de septiembre de 2012

Ser respetados, segundo derecho de los cazadores
Los cazadores tienen derecho a ser respetados como tales y a ser tratados con dignidad, decoro y honorabilidad, y no perseguidos como delincuentes ni tratados como infractores potenciales, ilegales y deshonrosos, por el simple hecho de ser un cazador o estar cazando, pues los cazadores respetan la ley y los derechos de los demás.

Un derecho, dentro del orden social, que nuestra Carta Magna trata como fundamental de las personas (art.10.1), el respeto a la Ley de Caza y a los derechos de los cazadores: “La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás, son fundamento del orden político y de la paz social”.

Antes los cazadores eran respetados y venerados, pero ahora son apartados y despreciados. En ese contexto de veneración todos recordamos que, en tiempos pasados, nuestros padres salían de casa con la escopeta al hombro y perro en traílla, juntándose en partidas de caza en la plaza del pueblo, con mulos cargados de los pertrechos necesarios con los que partir al cazadero. Resultaba un espectáculo y el resto de vecinos los saludaban, animaban y se decía: “¡Ahí van los cazadores!”, destacando en las conversaciones la fama y cualidades venatorias de los perros y sus dueños, o el que mejor puntería atesoraba, con discusiones ajenas al compañerismo existente en el colectivo cazador, pero con un trasfondo solidario con la práctica cinegética y en defensa de bienes agropecuarios, en íntima unión dentro del mundo rural.

La actual separación del mundo rural del urbano acentúa el desconocimiento de la labor de conservación que supone la caza, lo que origina ataques continuos de extremismos radicales solicitantes de sus derechos, pero que pretenden menoscabar los de los demás, sin conocer el esfuerzo del día a día real que realizan otros en la recuperación de hábitats, el equilibrio poblacional de las especies silvestres, consecuencia de un desarrollo social y económico y de bienestar cada vez más insostenible para nuestra fauna silvestre, y de la labor social de la caza en el control de especies causantes de daños y siniestros que, en muchas ocasiones, van en contra de la propio bienestar social y la vida de las personas.

Los cazadores realizan tareas merecedoras de los más altos grados de honorabilidad; sin embargo, son subestimadas desde la ignorancia y, en consecuencia, se pide el derecho a ser respetados como cazadores, al igual que los cazadores respetan o deben respetar a los demás y la ley, y a ser tratados con dignidad, decoro y honorabilidad, como un derecho fundamental de nuestra sociedad.

Fuente: UNAC

domingo, 2 de septiembre de 2012

Revista Captiva

Ya disponible el nº 7/8

240 páginas gratuitas de pura caza
  • Cetrería: el arte de la caza
  • La caza vista por la sociedad
  • Rececho de conejos con arco
  • Secretos del aguardo
  • El exceso de celo en el reclamo
  • Canadá: la caza como reto
  • Mauser 03: la evolución de una leyenda
  • Y mucho más...
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Gobierno de Canarias
ORDEN de 31 de julio de 2012, por la que se delega la competencia para resolver los procedimientos de autorización excepcional para dejar sin efecto las prohibiciones de caza de especies cinegéticas y de sus predadores en la Viceconsejera de Medio Ambiente.

R E S U E L V O:

Delegar en el titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente el ejercicio de la competencia para otorgar la autorización excepcional para dejar sin efecto las prohibiciones de caza de especies cinegéticas y de sus predadores prevista en los artículos 58 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y 43.3 de la Ley territorial 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, o norma que la suceda.

Subasta de Armas




Dirección General de la Guardia Civil. Comandancia de la Guardia Civil de Santa Cruz de Tenerife.- Anuncio de 14 de agosto de 2012, relativo a subasta de armas. Resolución de la Comandancia de la Guardia Civil de Santa Cruz de Tenerife.

El día 24 de septiembre de 2012 a las 1O'OO horas, se procederá en la sede de esta Comandancia, Acuartelamiento situado en la calle Conde de Pallasar, n° 3, Ofra-Santa Cruz de Tenerife, a la venta en pública subasta de 348 lotes de armas de fuego, modalidad de pliego cerrado. Podrán licitar las personas físicas y jurídicas, legalmente habilitadas para el uso, tenencia o comercio de las armas a subastar, que deberá ser documen-talmente acreditada. Durante los días 17, 18, 19, 20 y 21 del referido mes y en horas de 9'00 a 13'00, serán expuestos en dicho Acuartelamiento los citados lotes.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2012.-El Teniente Coronel Jefe de la Comandancia, Ricardo Arranz Vicario

jueves, 30 de agosto de 2012

Los cazadores no podrán entrenar en las zonas afectadas por el incendio de La Gomera


El Consejo de Caza de La Gomera ha acordado este miércoles, en una reunión celebrada en el Cabildo, que quedarán prohibido los entrenamientos en las zonas afectadas por los incendios ocurridos este mes en la isla.
 
Asimismo, el Consejo ha tratado la afección a la riqueza cinegética y la posible recuperación de la fauna y ha autorizado la apertura de los campos de entrenamientos para perros conejeros desde el día 1 de julio hasta el 31 en todos los campos de entrenamientos y todos los días y, a partir del 31 de julio hasta el 31 de octubre, sólo los domingos en zonas de caza controlada. De esta forma se modifica la orden de veda aprobada por dicho Consejo Insular hace unos meses.
 
El presidente del Consejo Insular de Caza y del Cabildo de La Gomera, Casimiro Curbelo, ha manifestado su “agradecimiento y predisposición a colaborar de los cazadores”. Además, les explicó la realidad medio ambiental que vive actualmente la isla de La Gomera.

Fuente: diariodeavisos.com

martes, 28 de agosto de 2012

Primer derecho de los cazadores: tener su propia identidad
Durante miles de años al hombre se le ha identificado como cazador. Era una forma de vida y de subsistencia.

Al desaparecer esa necesidad de alimentación inicial, en la actualidad su identidad debería estar claramente definida y abocada a ser una herramienta de conservación y estabilización de las poblaciones de fauna silvestre, ya que representa un movimiento social y cultural importante, y de él puede beneficiarse el mundo rural y medio ambiental.

El hombre es cazador por naturaleza, y así se le ha identificado a lo largo de los siglos. Un instinto, cazar, que el individuo lleva en sus genes y que ha persistido hasta nuestros días. Una propensión, la de la caza, que perdurará mientras permanezca la existencia del hombre, pero que sólo es justificable hoy como un instinto atávico inherente al ser humano actual, la acción de cazar bajo su instinto ancestral más moral, ético, respetuoso y sostenible con lo que le rodea y le afecta, y que se realiza en momentos de ocio, de forma recreativa, para adentrarse en sus raíces más profundas, ancestrales y naturales, e inhibirse del estresante trabajo diario y del ambiente urbano y artificial del mundo moderno.

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La nueva Ley de Caza de Canarias empieza a caminar

Propietario: Daniel Ferreira
La Asociación Canaria de Entidades de Caza (ACEC) ha tenido acceso al borrador del anteproyecto de Ley de Caza de Canarias, que le ha sido remitido desde la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del gobierno canario con el fin de que los cazadores hagan las observaciones y consideraciones oportunas.

La ACEC lleva desde el año 2008 demandando ante las instituciones regionales la redacción y aprobación de una nueva Ley de Caza para Canarias. El marco normativo vigente representa una de las razones principales en la decadencia actual de la cacería en el archipiélago. En ese sentido, los cazadores creen que un nuevo texto podría contribuir: a la mejora del estado poblacional de las especies cinegéticas y no cinegéticas así como de sus hábitat, a la modernización de la administración de la caza y su acercamiento al ciudadano, al desarrollo rural tan necesario en Canarias y al fomento del turismo interinsular cinegético o a la creación de puestos de trabajo, entre otros frutos evidentes.

Por otra parte, el Director General de Protección de la Naturaleza D. José Fernández Pérez se comprometió en el pasado Consejo Regional de Caza, celebrado el día 13 de junio, a remitir un primer documento en un breve plazo de tiempo a todos los presentes en dicho órgano de asesoramiento, con la intención de buscar el consenso de todas las partes representadas. De hecho, los técnicos del Gobierno de Canarias ya realizaron una pequeña presentación de los posibles cambios más llamativos en la normativa sectorial. Hasta la fecha, los cazadores, se han mostrado incrédulos ante tal promesa pues en su recuerdo estaban los dilatados intervalos de aprobación de legislaciones relacionadas con la materia. Dígase el Decreto de Cetrería o el Reglamento de la en vigor y obsoleta Ley de Caza.

Para terminar, la ACEC presentará, antes de terminar el plazo el próximo 30 de septiembre, las sugerencias al texto inicial que los cazadores consideren oportunas para mejorarlo, antes de que sea expuesto a información pública, como paso previo a su aprobación definitiva.

Los cazadores de la ACEC valoran muy positivamente el esfuerzo que han realizado los técnicos de la Administración para recoger en el texto las peculiaridades de la cacería canaria, y muy especialmente su predisposición a contar con las opiniones de éstos antes de pasar al proceso de información pública.

jueves, 23 de agosto de 2012

Introducción a los Derechos y objetivos de los cazadores
La Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) lucha por conseguir los derechos y objetivos de los Cazadores.

LOS DOCE DERECHOS DE LOS CAZADORES

1. A tener su propia identidad como cazadores que practican una actividad ancestral, y no un deporte.

2. A ser respetados como cazadores.

3. A ser tratados con dignidad, decoro, y honorabilidad.

4. A poseer Entidades propias de Caza, e identificarse en sus agrupaciones.

5. A que les reconozcan lo que hacen y lo que son sus Sociedades de Caza.

6. A elegir a sus representantes por ser cazadores.

7. A tener su propia Organización legal en los grupos en los que se integra.

8. A poseer Organismos Públicos propios dentro de la Administración.

9. A participar en los asuntos y normas que le afecten.

10. Al control y calidad sanitaria de sus especies cinegéticas.

11. A la formación, la información, la investigación y educación de la Caza.

12. A que los recurso económicos que genera la Caza reviertan en ella para su mejora.

Para situarse y comprender las razones por las cuales se persigue y se lucha por alcanzar los derechos de los cazadores, se realiza una breve introducción histórica del asociacionismo entre los cazadores españoles a partir de finales del S.XIX y principios del XX hasta la actualidad.

Los cazadores han estado presentes en la mayoría de nuestra geografía española, y muy especialmente en las zonas rurales, llegando a organizarse como tales para defender sus derechos y gestionar el territorio sobre el que tenían responsabilidad. Los orígenes y antecedentes de la organización que por antonomasia representa y defiende los intereses de la caza y los cazadores españoles, hemos de buscarlos en el binomio compuesto por la creciente importancia de los aprovechamientos derivados de la caza y por el auge y la consolidación del asociacionismo en España. Gobiernos, Administraciones y colectividades que defendían sus intereses promovieron paulatinamente el fortalecimiento de ese binomio. La Ley de Caza de 1902, en muchos de sus preceptos, incentivaba la articulación y formalización de asociaciones o entes colectivos como elemento fundamental para la gestión de la caza y sus aprovechamientos.

En 1917 en el boletín “Revista Caza y Pesca de la Asociación Nacional de Cazadores Españoles” se manifestaba el interés que, desde hacía tiempo, esa asociación mostraba en promover la idea de la necesidad de instituir una federación de caza y pesca que aglutinara a los cazadores, pescadores y a sus agrupaciones y organizaciones.
En 1940, en plena dictadura y con la prohibición del derecho de asociación instaurado, se constituyó por un Coronel de la Guardia Civil la Federación Española de Caza, lo que supuso una época de silencio para los cazadores en la defensa de sus derechos. Tras la represión y prohibición del derecho de reunión, la cual se vino del amparo de la Ley de Asociaciones de 1887. Sus primeros estatutos fueron validados por el Comité Olímpico Español y por el Consejo Nacional de Deportes el 20 de mayo de 1940, y aprobados por la Dirección General de Seguridad a 8 de junio de ese mismo año.

Durante 40 años fueron presididas por los Concejales de Deportes de la Falange en los municipios donde se reunían los cazadores y pescadores, el cual las convocaba, estaba presente en sus reuniones y designaba, en un principio, hasta la propia Junta Directiva que las tenía que dirigir.

Transcurrieron los años, y se promulgó la Ley de Caza de 1970, que sigue en vigor aún en algunas CCAA que carecen de ley propia. La cual hacía referencia a las Sociedades de Cazadores, aunque no regulaba de una forma expresa o especial esas agrupaciones de personas asociadas con unos fines concretos que les imponía la propia Ley de Caza. La denominación “Sociedad” identifica a los cazadores desde tiempos inmemoriales, recuérdese que cuando los historiadores hablan de la prehistoria (paleolítico) ya hacen mención a sociedades de cazadores, recolectores y pescadores.

Pero llego la democracia y el estado de derecho a España al promulgarse y aprobarse la Constitución Española en el año 1978, la cual estableció el derecho de asociación y el mandato constitucional de que la Caza como materia fuera transferida a las CCAAA, aunque el Estado Central se reservaba la legislación básica en la protección del medio ambiente, su patrimonio natural y su biodiversidad, y dentro de él, el patrimonio natural faunístico cinegético silvestre. Así la Constitución Española, establece en su Artículo 148 1. “Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias: k) La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.”

Debido a que la Ley de Caza de 1970 establecía e imponía la constitución de cotos de caza para los titulares, y a que las asociaciones de cazadores no estaban registradas en ningún registro oficial, se les impuso y obligó a registrarse en el único registro oficial y legal que había en la Administración Central en ese momento, y que era el Registro de Entidades Deportivas dependiente del Consejo Superior de Deportes del Ministerio de Cultura y Deportes. Tal vez ello fue el inicio del error: inscribir a dichas agrupaciones de cazadores en ese Registro, sin atender el mandato Magnánimo que la Constitución Española había hecho posible y reconocía en su “Artículo 22. 1. Se reconoce el derecho de asociación. 3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.” Además se obvió el mandato Constitucional contenido en el artículo 9.2: “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.”

Durante la década de los años 80 se inscribieron las agrupaciones, colectividades de cazadores (sociedades cazadores) en dicho Registro a instancias de la Administración competente. En esas fechas los españoles salían de una dictadura donde siempre les decían lo que podían o no podían hacer, y en este caso se les decía que tenían que registrar e inscribir las sociedades de cazadores en el Registro de Entidades Deportivas, a instancias de la Federación Española de Caza, que ya estaba inscrita en ese Registro, y que durante 40 años había instaurado en las Federaciones Regionales sus imposiciones. Aunque la propia Constitución Española separaba a la Caza del Deporte claramente, se inscribieron en una actividad que la propia Carta Magna había establecido con claridad meridiana que se deberían de desarrollar de forma diferente, es decir, con su propia identidad: la caza, los cazadores y el mundo que los rodea.

Cuando estuvieron registradas las Sociedades de Cazadores en el Consejo Superior de Deportes, las Comunidades Autónomas exigieron las transferencias de competencias, en base a la Constitución Española, y se transfirieron por parte del Estado. Fue entonces cuando se creo y constituyó en cada Comunidad Autónoma los mismos registros deportivos pero a nivel autonómico, y con ello también se transfirieron dichas entidades deportivas y sus registros y competencias a la CCAA de forma automática.

Se legisló y aprobó la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y se empezaron a legislar las Leyes del Deporte a nivel autonómico, y las normas que la desarrollan. En base a ellas se crearon los Registros de Entidades Deportivas de las diferentes CCAA y las homologas Federaciones de Caza de las distintas Comunidades Autónomas, y se inscribieron de oficio en dichos registros las entidades que habían sido registradas a nivel estatal en el Registro Deportivo, las sociedades de cazadores, y que habían sido transferidas por el Consejo Superior de Deportes a dichas Comunidades Autónomas. Fue entonces cuando se le denominó “Club” a dichas sociedades en base a la Ley del Deporte y se les arrebató su IDENTIDAD. Se les trató como entidades deportivas y a sus miembros como deportistas y se les arrancó, sin contemplaciones, la verdadera y ancestral identidad que tuvieron desde sus inicios: sociedades de cazadores y cazadores, obligándoles, desde entonces, a tener dos licencias, una licencia de caza y otra licencia deportiva o federativa.

En pleno Siglo XXI ha llegado el momento de que las Sociedades de Cazadores y los propios cazadores recobren la identidad que se les arrebató. Esa identidad que, a pesar de haberles sido usurpada, se ha mantenido latente hasta nuestros días y que se recoge en los Derechos de la Caza que los cazadores de la UNAC van a plasmar en diferentes capítulos.
De peligrosa a impresentable: La munición "ecológica" de la RFEC
El día 4 de julio la RFEC presentó a la prensa especializada su ‘cartucho ecológico’, con una ridícula carga de 20 gramos de perdigones deformes que se desintegran durante el impacto. Esto es todo lo que ha sido capaz de desarrollar después de una década y tras invertir 1.500.000 de euros del colectivo cazador en el proyecto.

Aunque nunca he entendido la razón por la que la Real Federación Española de Caza se ha empeñado en desarrollar una munición de escopeta "ecológica", esto es, cargada con perdigones que no sean ni contengan plomo (porque esta munición ya existe, se puede adquirir en España y hoy día es tan efectiva como la de plomo), al principio de iniciarse el proyecto la idea no me pareció del todo mal. Entonces, aún no estaban tan perfeccionados los cartuchos ecológicos y pensaba que así los cazadores españoles podríamos, en caso de necesitarlo, usar uno español.


Munición peligrosa

Sin embargo hace unos meses cambié de opinión. A través de Israel Hernández, director de publicaciones de caza de Editorial América Ibérica, empresa editora de la revista TROFEO, conseguí unos cartuchos "ecológicos" de la RFEC del calibre 12-70 que por fortuna no disparé, pero sí desmonté para verlos por dentro.

He escrito que "por fortuna no disparé" porque de haberlo hecho podría haber roto mi Beretta o haberme pasado algo peor, ya que algunos de estos cartuchos generaban presiones en la recámara superiores a la que ha sido probada mi escopeta (1.370 bar). Así es, unos días después de conseguir la munición también conocí los resultados de una prueba de esta cartuchería, realizada en un banco de pruebas de una conocida fábrica de municiones del norte de España: ¡desarrollaban presiones comprendidas entre 1.309 y 1.456 bar!

Para que el lector se haga una idea de la presión disparatada y peligrosa que suponen estas cifras, deben saber que la cartuchería magnum de altas prestaciones más potente que legalmente se puede fabricar no puede desarrollar una presión superior a 900 bar (lo que es lógico, pues así la presión que genera el disparo nunca puede superar la resistencia probada del arma).


De pobres prestaciones

Al desmontar los cartuchos, que les recuerdo eran del 12-70, comprobé algo que había escuchado pero que nunca había constatado: los supuestos perdigones ecológicos tenían tamaños diferentes (de al menos dos números) y encima no eran esféricos sino deformes, por lo que es imposible desde un punto de vista balístico que esta cartuchería pueda plomear bien. Vamos, si plomeara bien además de ecológica sería algo así como milagrosa, mágica, porque sería capaz de desafiar las leyes de la Física, ya que la superficie de cada uno de los "perdigones", al salir por la boca de fuego, ofrece una fuerza de resistencia al aire distinta y cambiante que necesariamente hace que se dispersen de forma errática.

Como además los cartuchos desarrollaban velocidades muy altas (velocidad media: 438 metros por segundo), concluí que lejos de tratarse de una munición útil y de altas prestaciones, como así pretende que sea la RFEC, lo que tenía en mis manos era una muy deficiente y peligrosa munición dispersante que no entiendo siquiera cómo llegó a ser cargada con perdigones deformes y mucho menos probada, no digo en un cañón probeta, sino en escopetas de caza porque se podía haber producido un accidente.



Y altas presiones

Es evidente que las altas presiones que desarrolla el cartucho que hemos comentado se pueden deber a distintos factores, entre ellos el tipo de material empleado para fabricar los "perdigones".

Cámaras ocultas confirman el daño ambiental provocado por los gatos caseros

17 agosto 2012


Un nuevo estudio científico sobre los gatos domésticos cuyos dueños les permiten vagar al aire libre ha demostrado su alta incidencia sobre el medio ambiente y especialmente sobre las poblaciones silvestres de aves. Casi un tercio de los gatos captura y mata animales con frecuencia. Muchos más de los que luego traen a casa como trofeo.
Los felinos llevaban cámaras especiales de vídeo alrededor de sus cuellos. Gracias a estos dispositivos se descubrió que matan un promedio de 2.1 animales por semana, pero llevan menos de uno de cada cuatro a casa. El 13 por ciento de las muertes totales fueron aves, aunque cazaron de todo: lagartijas, ratones, ardillas, ranas y serpientes.
En total fueron elegidos para este experimento 60 gatos de la ciudad de Athens (Georgia) cuyos dueños les dejaban vagar habitualmente fuera de sus casas. El estudio descubrió que los felinos pasaban fuera un promedio de 5-6 horas al día.
En base a estos resultados, American Bird Conservancy y The Wildlife Society estiman que los gatos domésticos matan al año, sólo en Estados Unidos, mucho más de los mil millones de animales que estudios previos habían calculado. Lo más probable es que sean responsables de la muerte de más de 4.000 millones de animales al año, de los que por lo menos 500 millones son pájaros. La depredación del gato está considerada una de las razones por las cuales una de cada tres especies de aves de América están en declive.
¿Son incompatibles gatos y aves? En absoluto. Los que en mi opinión son incompatibles son los dueños de estos animales, tan irresponsables como para dejarlos libres a la caza y captura de todo bicho viviente. La responsabilidad de tener una mascota va más allá de cuidarla y alimentarla. Incluye también el evitar daños ambientales tan terribles como la muerte de millones de aves al año ¿no os parece?. Es verdad. Resulta difícil tener un gato confinado en una casa. Pero más terrible es tenerlo matando seres indefensos.

El estudio se llevó a cabo por científicos de la Universidad de Georgia y el programa de la National Geographic Society Crittercam. Puedes leer más sobre el tema en este enlace de la American Bird Conservancy.